El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado el recurso contencioso-Administrativo interpuesto por un soldado – defendido por Asercivil – a quien no quisieron hacer el contrato de larga duración.La Sentencia recuerda a la Administración que las decisiones administrativas deben estar fundamentadas y motivadas y en el caso concreto, donde se denegó la suscripción del compromiso de larga duración alegando la existencia de unos malos IPEC,s, la Sala deja en evidencia a la Administración por no acreditar la existencia de esos IPEC en los que basó la decisión de no suscripción del compromiso de larga duración y pretender justificarse en unas “consultas orales” que tampoco se acreditaron.
Ahora, según se desprende de la Sentencia, no solo deben readmitir al Soldado sino que además deben pagarle atrasos, ello sin contar que se ha condenado en costas procesales a la Administración. Podéis leer la sentencia en este enlace.