Publicada resolución de Defensa y Sanidad sobre labores rastreo COVID

PUBLICADA RESOLUCIÓN DE DEFENSA Y SANIDAD SOBRE LABORES DE RASTREO DEL COVID-19

Resolución conjunta comunicada de la Subsecretaría de Defensa y el Secretario General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud, por la que se modifica la Resolución conjunta comunicada de la Subsecretaría de Defensa y el Secretario General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud, de 9 de septiembre de 2020, sobre las condiciones en materia de protección de datos personales en los que se produce el despliegue de personal del Ministerio de Defensa en labores de rastreo del COVID-19.

La Resolución conjunta comunicada de la Subsecretaría de Defensa y el Secretario General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud, de 9 de septiembre de 2020, sobre las condiciones en materia de protección de datos personales en los que se produce el despliegue de personal del Ministerio de Defensa en labores de rastreo del COVID-19, establece que el encargado del tratamiento de datos será el Ministerio de Defensa, recogiendo en el apartado Quinto letra a) como garantía en la tramitación de datos personales que su finalidad es el seguimiento, rastreo y localización de los casos y contactos.

La aparición de nuevas variantes del SARS-CoV-2 ha supuesto un nuevo reto en la lucha contra esta enfermedad, por lo que se han venido adoptando medidas extraordinarias para limitar su propagación.

El Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio, sobre funciones del Ministerio de Sanidad y Consumo en materia de sanidad exterior, en su artículo 23 párrafo 3, prevé como medida necesaria para controlar ese riesgo el someter a cualquier persona a medidas sanitarias que impidan o controlen la propagación de la enfermedad, con inclusión del aislamiento, la cuarentena o el sometimiento del viajero a observación de salud pública.

La presente Resolución, tiene por objeto ampliar la finalidad del tratamiento de los datos personales al seguimiento en los supuestos de cuarentena obligatoria establecida por la autoridad sanitaria estatal.

Por todo ello se hace necesario actualizar la resolución conjunta comunicada, de fecha 9 de septiembre de 2020, para adaptarla a las nuevas medidas sanitarias.

En virtud, de lo anterior,

SE RESUELVE:

Apartado Único. Modificación de la Resolución conjunta comunicada de la Subsecretaría de Defensa y el Secretario General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud, de 9 de septiembre de 2020, sobre las condiciones en materia de protección de datos personales en los que se produce el despliegue de personal del Ministerio de Defensa en labores de rastreo del COVID-19.

Se modifica la letra a) del apartado Quinto de la Resolución conjunta comunicada de la Subsecretaría de Defensa y el Secretario General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud, de 9 de septiembre de 2020, sobre las condiciones en materia de protección de datos personales en los que se produce el despliegue de personal del Ministerio de Defensa en labores de rastreo del COVID-19, que queda redactada como sigue:

«a) La finalidad del tratamiento de los datos personales será el seguimiento, rastreo y localización de casos y contactos, así como el seguimiento en los supuestos de cuarentena obligatoria establecida por la autoridad sanitaria estatal, al objeto de colaborar en el control de la expansión del SARS-CoV-2.»

Madrid, 23 de febrero de 2021.

María Amparo Valcarce García                                                                 Alfredo González Gómez

EL SECRETARIO GENERAL DE SALUD DIGITAL, INFORMACIÓN E INNOVACION DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD

LA SUBSECRETARIA

DE DEFENSA

Despacho de Abogados en Madrid